Introducción
El CDC-ACI es un comité temático formado por la Asamblea General, cuyo objetivo es ofrecer un servicio de asesoría independiente sobre derecho cooperativo a la ACI.
El derecho cooperativo se define, en un sentido amplio, como todas las normas jurídicas que dan forma a la institución cooperativa y regulan su funcionamiento.
El comité está compuesto por especialistas en derecho de distintas jurisdicciones con un profundo dominio del ámbito cooperativo. Estos especialistas han sido recomendados y nombrados por las cuatro regiones de la ACI y por la junta de la ACI. El día 13 de octubre de 2019, durante la Conferencia Internacional sobre Cooperativas para el desarrollo y la Asamblea General de la ACI que se celebran en Kigali (Ruanda), se constituirá el CDC-ACI actual para un periodo de cuatro años. El CDC-ACI se rige principalmente por sus propias normas y por otros instrumentos de la ACI como el reglamento de la ACI, las resoluciones de la Asamblea General o los mandatos de la junta de la ACI.
¿Por qué debe promoverse el derecho cooperativo?
Las cooperativas, al igual que otras empresas, suelen funcionar dentro de un marco legal o normativo o conforme a unas reglas específicas. Es importante que este marco legal reconozca el carácter único de las cooperativas como empresas centradas en las personas, inclusivas y democráticas y funcione como un punto de apoyo para su desarrollo y su crecimiento.
Es decir, la legislación y la normativa de las cooperativas deben respaldar la identidad cooperativa básica y universal. En múltiples ocasiones, los marcos legales y normativos han supuesto un obstáculo. Esto puede ser debido a la falta de concienciación sobre el valor real y el posible alcance global de las cooperativas como tales o, aún peor, debido a una completa falta de interés respecto al desarrollo y el crecimiento de las cooperativas. En cualquier caso, una legislación insuficiente sobre las cooperativas, o un exceso de normativas al respecto y sobre las actividades de sus miembros, suele desembocar en organizaciones desequilibradas y no representativas.
Por ello, es esencial que la ACI, como defensora global de la identidad cooperativa, promueva un entorno en el que se apoye la creación y la aplicación de una legislación que refleje la definición, los valores y los siete principios cooperativos adoptados de manera universal, que conforman la Declaración de Identidad Cooperativa de la ACI, aprobada por sus miembros durante el congreso del centenario de la ACI en 1995 en Manchester (Reino Unido).
Principales áreas de actividad
- Trabajar conjuntamente con el Comité de Identidad de la junta de la ACI, desarrollar propuestas para la interpretación jurídica actual de la definición de las cooperativas y de los valores y principios cooperativos y su aplicación como principios jurídicos.
- Desarrollar propuestas para transformar los principios jurídicos en derecho cooperativo, a fin de garantizar la identidad cooperativa.
- Presentar, donde corresponda, sugerencias para la armonización de las leyes cooperativas.
- Valorar, dar consejo, proponer y supervisar cambios en las políticas cooperativas a nivel nacional e internacional, en la medida en que afectan a la legislación cooperativa.
- Participar en el establecimiento de la aplicación de mecanismos, como el registro, la supervisión y la auditoría de cooperativas.
- Fomentar la elaboración de recursos como comentarios jurídicos, glosarios, manuales sobre la redacción de reglamentos y modelos de reglamentos, propuestas para la regulación gubernamental e investigación y enseñanza sobre derecho cooperativo.
- Trabajar de forma colaborativa y coordinada con el resto de comités temáticos, organizaciones sectoriales, organizaciones regionales y cualquier otro órgano de la ACI, según corresponda.
- Evaluar las cuestiones jurídicas concretas remitidas por otros comités temáticos, organizaciones sectoriales, organizaciones regionales y otros organismos de la ACI a través de la Junta Directiva Internacional.
- Establecer comités a medida para tratar temas específicos cuando sea necesario.
Miembros y reglas
El Comité de Derecho Cooperativo está compuesto por un presidente/a nombrado por la junta de la ACI, cuatro representantes de las regiones de la ACI, cuatro especialistas independientes de cada una de las regiones de la ACI y un miembro de la junta de la ACI a fin de garantizar la correcta relación entre la junta y el CDC.
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